

ENCUESTA
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El
sindicato es una organización continua y permanente, creada
por los trabajadores para garantizar la defensa de sus
intereses comunes, mejorar sus salarios y condiciones de
trabajo, promover el progreso de las condiciones de vida en
general y disponer de una tribuna desde la cual pueda hacer oír
su voz sobre los problemas que se plantean en la sociedad a la
cual pertenecen.
Al
producirse la revolución industrial, los trabajadores
sintieron la necesidad de unirse y crearon asociaciones para
enfrentar con fuerza y organización las políticas
explotadoras de los patrones.
La
lucha permanente por los salarios, reducción de horas de
trabajo, y los problemas específicos sobre la seguridad e
higiene en la fábrica o empresa, que se presentan día a día,
son el interés primario de los trabajadores, pero también es
de suma importancia mejorar la calidad de vida a través de la
Seguridad Social: seguro de enfermedad, subsidio de desempleo,
asignaciones familiares, etc.
La
diversidad de estos temas se discute a través de las
negociaciones colectivas (Convenios Colectivos de Trabajo),
que llevan a cabo los representantes de los trabajadores y los
empresarios y que establece el marco jurídico a las
relaciones laborales.
El
Sindicato no sólo existe para mejorar las condiciones del
trabajo y del salario. De hecho, y por derecho, su función se
hace cada día más amplia y en este sentido debe preocuparse
por la vida íntegra del trabajador, tanto en su empleo como
en su hogar y sus relaciones sociales. Y para ello, el
Sindicato debe crear y desarrollar programas de diversas
actividades como las educativas, recreativas, culturales, y
deportivas y estos programas deben beneficiar tanto al
trabajador afiliado como a su familia.
Es
un deber de los Sindicatos, por ejemplo, crear y fomentar
cursos de capacitación sindical para instruir al trabajador
en los temas que le son propios.
Fines
del Sindicato:
1)
Defender los intereses de quienes representa.
2)
Facilitar la asistencia mutua y prestar servicios.
3)
Lograr mejoras y progresos en la vida del trabajador.
4)
Promover y luchar por conquistas sociales.
Una
función y deber fundamental en los sindicatos de hoy es el de
participar intensamente como integrante principal de la
sociedad, ya que la clase obrera constituye un símbolo del
trabajo y la producción del país.
Como
tales, los obreros, a través de sus representantes y cuerpos
orgánicos deben opinar sobre las cuestiones sociales;
participar en los lineamientos de las políticas de gobierno a
través de organismos que entiendan en cuestiones sociales,
económicas y laborales.
Promover
innovaciones con el objetivo del progreso social y presionar
dentro del marco que contempla la Constitución Nacional y las
leyes para que no se implementen medidas injustas y abrir
caminos nuevos con miras a la conquista de la justicia social,
la independencia económica y la soberanía política.
Los
sindicatos deben ser:
- Libres:
no aceptar imposiciones o injerencias de la patronal, las
autoridades, partidos políticos u otras fuerzas,
movimientos o instituciones externas o extrañas al
movimiento obrero.
- Democráticos:
deben gobernarse atendiendo a las normas impuestas por sus
estatutos y reglamentos, respetando la voluntad
mayoritaria, efectuando regularmente las elecciones de
autoridades y escuchando siempre la voz de los
trabajadores.
- Fuertes:
con una estructura organizativa compacta y dispuestos a
desarrollarse permanentemente en la búsqueda de mejores
condiciones laborales para sus afiliados.
- Responsables:
conscientes en la acción diaria y honrados en todo lo que
administren y controlen.( Fuente Internet: www.cgtra.org.ar
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LA
ARGENTINA Y LO QUE TIENE...
La Argentina vive conforme al ritmo que impone la
globalización. Los dirigentes gremiales son casi una consecuencia de
estas circunstancias.
La economía a veces injusta para un gran sector
de la población, hace que las cosas no se entiendan. La variable de
ajuste es siempre el trabajador, en el mejor de los casos, en el peor,
el desocupado e indigente.
La hora de los relojes de los dirigentes políticos,
de los sindicales y del trabajador, no se ponen de acuerdo. Siempre
están desincronizados.
Nuevos dirigentes pujan por cambios que no saben hacer
ni gerenciar, viejos que buscan el bronce que nadie lustrará.
La clase política no es creíble, lo nuevos son
apresurados que arrebatan la lógica del trabajador ya que lo único
que logran es inseguridad laboral e inestabilidad psicológica. Vacío
que llenan los sectores gremiales con fuerza de choque, pero no de
convicciones.
El argentino de la popular, sentado en el tablón,
espera primero tener trabajo, luego que le alcance para alquilar, ( no
digo comprar, como en la mejor época peronista) después lo que
indique la Constitución Nacional. Me refiero al vivir dignamente.
La nueva camada de políticos son tan plásticos que
jamás se entenderán con los gremialistas que ya conocen el paño. De
esta nueva camada de políticos algunos dicen que no pueden confiar,
son de todo lo peor un poquito.
Queda entender y analizar los riesgos extremos de
empobrecimiento que está por venir y dar soluciones acorde al bien
común para continuar siendo necesarios.
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Organizaciones
Internacionales
OIT
Organización Internacional del Trabajo
http://www.ilo.org/public/spanish
CIOSL
Confederación Internacional de Organizaciones
Sindicales Libres
http://www.icftu.org/default.asp?language=ES
CLAT
Confederación Latinoamericana de Trabajadores
http://www.clat.org/
Confederaciones
CGT
RA
> Confederación General
del Trabajo de la República Argentina (oficial)
http://www.cgtra.org.ar
CGT
RA
> Confederación General
del Trabajo de la República Argentina (sitio relacionado)
http://www.cess.org.ar/
CTA
> Central de los Trabajadores argentinos
http://www.cta.org.ar/
Federaciones
Sindicatos y
Agrupaciones
ATE
- Justicia
> Junta Interna de Delegados Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos
http://www.atejusticia.com.ar

PREAMBULO
DE LA CONSTITUCION DE LA OIT
| Considerando que la
paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia
social; |
| Considerando que
existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de
injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres
humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para
la paz y armonía universales; y considerando que es urgente
mejorar dichas condiciones, por ejemplo, en lo concerniente a
reglamentación de las horas de trabajo, fijación de la duración
máxima de la jornada y de la semana de trabajo, contratación
de la mano de obra ,lucha contra el desempleo, garantía de un
salario vital adecuado protección del trabajador contra las
enfermedades, sean o no profesionales, y contra los accidentes
del trabajo, protección de los niños, de los adolescentes y de
las mujeres, pensiones de vejez y de invalidez, protección de
los intereses de los trabajadores ocupados en el extranjero,
reconocimiento del principio de salario igual por un trabajo de
igual valor y del principio de libertad sindical, organización
de la enseñanza profesional y técnica y otras medidas análogas; |
| Considerando que si
cualquier nación no adoptare un régimen de trabajo realmente
humano, esta omisión constituiría un obstáculo a los
esfuerzos de otras naciones que deseen mejorar la suerte de los
trabajadores en sus propios países: |
| Las Altas Partes
Contratantes, movidas por sentimientos de justicia y de
humanidad y por el deseo de asegurar la paz permanente en el
mundo, y a los efectos de alcanzar los objetivos expuestos en
este preámbulo, convienen en la siguiente Constitución de la
Organización Internacional del Trabajo. |
Si desea ver el texto de la Constitución
completa, visite el sitio de la OIT

Nuestro Correo Electrónico: apda@argentina.com
El mandato
La Organización Internacional del Trabajo es un organismo
especializado de las Naciones Unidas que procura fomentar la justicia
social y los derechos humanos y laborales internacionalmente
reconocidos. Fue creada en 1919, y es el único resultado importante que
aún perdura del Tratado de Versalles, el cual dio origen a la Sociedad
de Naciones; en 1946 se convirtió en el primer organismo especializado
de las Naciones Unidas, .
La OIT formula normas internacionales del trabajo, que revisten la
forma de convenios y de recomendaciones, por las que se fijan unas
condiciones mínimas en materia de derechos laborales fundamentales:
libertad sindical, derecho de sindicación, derecho de negociación
colectiva, abolición del trabajo forzoso, igualdad de oportunidades y
de trato, así como otras normas por las que se regulan condiciones que
abarcan todo el espectro de cuestiones relacionadas con el trabajo.
Presta asistencia técnica, principalmente en los siguientes campos:
formación y rehabilitación profesionales; política de empleo;
administración del trabajo; legislación del trabajo y relaciones
laborales; condiciones de trabajo; desarrollo gerencial; cooperativas;
seguridad social; estadísticas laborales, y seguridad y salud en el
trabajo. Fomenta el desarrollo de organizaciones independientes de
empleadores y de trabajadores, y les facilita formación y asesoramiento
técnico. Dentro del sistema de las Naciones Unidas, la OIT es la única
organización que cuenta con una estructura tripartita, en la que los
trabajadores y los empleadores participan en pie de igualdad con los
gobiernos en las labores de sus órganos de administración.
Director General: Sr. Juan Somavia
Dirección: 4, route des Morillons, 1211-Ginebra 22
Teléfono: +41.22.799.6111
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